NIF D-3

Antecedentes

El 29 de agosto el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF) emitió la Norma de Información Financiera D-3 “Beneficios a los Empleados” (NIF D-3), la cual entró en vigor a partir del 1 de enero de 2008 sustituyendo al Boletín D-3 “Obligaciones Laborales”.

Los Pasivos Laborales generados por los empleados de una Empresa  deben ser cuantificados actuarialmente y revelados conforme a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.

La Prima de Antigüedad y Las Remuneraciones al Término de la Relación Laboral (Indemnización Legal), son ejemplos de ese tipo de pasivos cuyo comportamiento es normalmente creciente.

La finalidad de la NIF D-3 consiste en:

  • Convergencia con Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
  • Integración del Boletín D-4 (Tratamiento Contable I.S.R. y P.T.U.).
  • Inclusión de Párrafos Boletín C-9 (Beneficios de Terminación por Reestructura).
  • Tratamiento homogéneo con la NIF B-10.

Objetivo
Establecer Normas para el Reconocimiento Contable de los Beneficios que la entidad otorga a sus empleados y otras provisiones relativas.

Alcance

La aplicación por parte de Entidades que emiten Estados Financieros conforme a NIF A-3.

Se deberá reconocer un Pasivo por Beneficios a empleados si:

  •  Existe obligación (legal o implícita) de efectuar pagos en el futuro por sucesos del pasado.
  • La obligación es atribuible a servicios prestados.
  •  La obligación está devengada.
  • Es probable el pago del Beneficio.
  • El monto puede ser cuantificable.
  • Si no se cumplen todas las condiciones se debe estimar la posible contingencia acumulada y revelarla.

Vigencia
Las disposiciones contenidas en la NIF D-3 entran en vigor para ejercicios que inicien a partir del 1de enero de 2008.

Se dejan sin efecto los Boletines D-3 "Obligaciones Laborales", D-4 "Tratamiento Contable del ISR, del impuesto al activo y de la PTU", así como la INIF-4 "Presentación en el estado de resultados de la PTU".

 
 

 

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