NIC-19

Antecedentes
El 16 de junio de 2011, el International Accounting Standard Board (IASB) publicó las modificaciones a la Norma Internacional de Contabilidad 19 NIC-19 Beneficios a los Empleados.

Estos cambios afectan a los siguientes tipos de empresas mexicanas:

  • Empresas públicas, las cuales a partir del 1 de enero de 2012 deberán reportar su contabilidad bajo normas internacionales (IFRS).
  • Compañías que reportan sus estados financieros bajo normas internacionales por ser filiales de una empresa trasnacional.
  • Entidades que por así convenir a sus intereses, adoptarán su contabilidad bajo los estándares internacionales.

Objetivo de las modificaciones

  • Facilitar la comparación de información financiera de las entidades públicas mexicanas con la del resto del mundo al utilizar bases de preparación consistentes.
  •  Facilitar la elaboración de estados financieros consolidados de grupos multinacionales con actividades internacionales.
  •  Simplificar los requisitos a inversionistas extranjeros en el mercado de capitales de México.
  •  Mejorar la revelación acerca de los riesgos que surgen de los planes de beneficio definido.

Principales modificaciones

  • Desaparece el diferimiento del reconocimiento del Servicio Pasado y las Pérdidas o (Ganancias) Actuariales. Ahora se reconocerán en el resultado del ejercicio, en la cuenta de capital “Otra Partida Integral” (Other Comprehension Incomes OCI, por sus siglas en inglés).
  •  Desaparece la Banda de fluctuación (“The Corridor Approach”) para el reconocimiento de las Ganancias o Pérdidas Actuariales.
  •  La valuación debe hacerse a la fecha de cierre del ejercicio.

Cambios al CNP

  • Se establece un nuevo concepto llamado “Interés Neto”, el cual se define como el Costo Financiero del Pasivo (Activo) Neto del Beneficio Definido.
  •  El hecho de que el rendimiento esperado de los activos del plan se estime con la tasa de descuento de los pasivos, en lugar de la tasa de rendimiento esperada para el fondo.
  •  Reconocer cualquier modificación al plan en el ejercicio, en lugar de amortizarla
  • Sólo deberá reconocerse la diferencia entre la Obligación por Beneficio Definido (OBD) y los Activos del Plan, es decir, ya no existirá ninguna partida pendiente de amortizar.
  •  Esta diferencia se ha denominado como “Pasivo (Activo) Neto del Beneficio Definido”, (en inglés Net Defined Benefit Liability (Asset)).
 
 

 

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